¿Qué debo hacer acerca de mi cuota anual de $36 para el Escribano del Circuito?

Usted debe pagar las cuotas asignadas por el Escribano, directamente al Escribano del Tribunal de Circuito.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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