Sostenimiento Médico

LaFSD ó dependencia local del sostenimiento de los hijos pedirá también al tribunal que requiera al progenitor no custodio que provea la cobertura del seguro de salud, incluyendo cuidado dental y óptico para el(los) hijo(s). El tribunal ordenará al progenitor no custodio conservar la cobertura de salud para el(los) hijo(s), en caso de estar disponible a un costo razonable. En la mayoría de los casos, el costo se considera razonable si la cobertura esta relacionada con un seguro de grupo en el empleo ú otro seguro de grupo de salud. Si la cobertura no está disponible a un costo razonable, la orden del tribunal para el sostenimiento dispondrá que el progenitor deberá obtener la cobertura del seguro de salud si llega a estar disponible a un costo razonable.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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