Estoy solicitando Cal WORKS y/o Medi-Cal. ¿Tengo que pedir personalmente al otro progenitor el sostenimiento de los hijos?

No. LaFSD ó dependencia local del sostenimiento de los hijos se comunicará con el progenitor no custodio. Como una condición de elegibilidad para Cal WORKS y/o Medi-Cal, usted debe cooperar con laFSD ó dependencia local del sostenimiento de los hijos en obtenerlo del otro progenitor proporcionando tanta información como usted pueda.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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