¿Un Prestamista Puede Demandar a un Deudor por una Deficiencia en el cumplimiento de la Sentencia, si Todavía se le Debe Dinero al Prestamista Después de la Venta de Una Propiedad que Perdió el Derecho a ser Redimida en New York?
Sí, los prestamistas en New York tienen derecho a demandar a sus deudores por las cantidades del préstamo que todavía se adeuden después de haber tenido lugar la venta de una propiedad que ha perdido el derecho a ser redimida. Un prestamista en New York tiene 90 días a partir de la fecha de la mencionada venta para, si lo desea, iniciar su demanda por una deficiencia en el cumplimiento de una sentencia.
Obtenga ayuda legal para su situación
Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.
Contenido relacionado
- ¿Un Prestamista Puede Demandar a un Deudor por una Deficiencia en el cumplimiento de la Sentencia, si Todavía se le Debe Dinero al Prestamista Después de la Venta de Una Propiedad que Perdió el Derecho a ser Redimida en New York?
- Leyes de Ejecución Hipotecaria en New York
- ¿La Ley de Nueva Cork Permite un Período de Redención Después de la Pérdida del Derecho a Redimir una Hipoteca?
- ¿Cuánto Tiempo Lleva un Procedimiento Típico Para el Procedimiento Relativo a la Pérdida del Derecho a Redimir una Propiedad en New York?
- ¿Puedo conservar mi casa si me presento en quiebra en New York?