¿Puedo conservar mi casa si me presento en quiebra en New Jersey?
New Jersey no establece para los dueños de casa una exención específica sobre el patrimonio que se considera inembargable. Eso significa que los acreedores no asegurados pueden ser pagados con casi todo el valor de la casa. Lo anterior hace difícil a un dueño de casa en New Jersey conservar su casa durante una quiebra. Sin embargo, es posible para un dueño de casa en New Jersey conservar su casa si puede efectuar los pagos mensuales de la hipoteca y si el plan adoptado por el tribunal de la quiebra satisface las reclamaciones de los acreedores no asegurados con otros activos del dueño de casa.
Obtenga ayuda legal para su situación
Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.
Contenido relacionado
- ¿Puedo conservar mi casa si me presento en quiebra en New Jersey?
- Leyes de Ejecución Hipotecaria en New Jersey
- ¿Un Prestamista Puede Demandar a un Deudor por una Deficiencia en el cumplimiento de la Sentencia, si Todavía se le Debe Dinero al Prestamista Después de la Venta de Una Propiedad que Perdió el Derecho a ser Redimida en New Jersey?
- ¿Cuánto Tiempo Lleva un Procedimiento Típico Para el Procedimiento Relativo a la Pérdida del Derecho a Redimir una Propiedad en New Jersey?