Discriminación en el empleo

¿Es justo que mi raza o color afecte mi entorno de trabajo?

El Título VII prohíbe la conducta ofensiva, tal como difamación étnica o racial, “burlas” raciales,” comentarios derogatorios, u otras conductas físicas o verbales basadas en el color o la raza de un individuo. La conducta tiene que ser no deseada y ofensiva, grave y penetrante. Se requiere que los empleadores den los pasos apropiados para prevenir y corregir el acoso ilegal. Igualmente, los empleados son responsables de reportar el acoso en una etapa temprana para prevenir su escalación.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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