¿Los niños menores pueden convertirse en ciudadanos estadounidenses si son adoptados? Parte I

Por Mariana Petersen, LLB | Revisado por Jonathan Calvopina, MBA | Última actualización 3 de marzo de 2025

Seguramente conoce la regla del “Ius soli”, aun si no sabía que ese es su nombre. Esta indica que una persona que nació en un determinado país es automáticamente ciudadana de este.

Algunos países aplican esta norma sin condiciones, mientras que otros tienen condiciones adicionales como, por ejemplo, que además de nacer en ese país, los padres del niño sean nacionales de este o estén domiciliados allí.

En Estados Unidos, esto se aplica de manera incondicional: si alguien nació en territorio estadounidense, es estadounidense.

La otra teoría de adjudicación de la nacionalidad es el “Ius sanguinis”. Este criterio considera que la ciudadanía se hereda de los padres, y por lo tanto el recién nacido adquiere la ciudadanía de sus progenitores.

¿Qué sucede con los niños extranjeros adoptados sin vínculos sanguíneos en EE. UU.?

A nivel legal en los Estados Unidos, la ley más preponderante y reciente en materia de ciudadanía para niños adoptados es la Ley de Ciudadanía del Niño del año 2000.

Gracias a ella, los menores nacidos en territorio extranjero que no adquirieron la ciudadanía estadounidense al nacer pueden recibirla automáticamente si cumplen con los requisitos de dicho estatuto. La ley aplica para niños adoptados menores a 18 años, que tuvieran 18 años antes del 27 de febrero de 2001, si uno de los padres es ciudadano estadounidense.

Ahora bien, los requisitos de elegibilidad (en inglés) varían según el lugar de residencia del menor. A continuación, explicaremos las diferencias de requerimientos dependiendo de si el niño adoptado reside en Estados Unidos o fuera del país.

Cómo un niño adoptado nacido fuera de EE. UU. adquiere automáticamente ciudadanía

  • Uno de los padres del menor debe ser ciudadano estadounidense por nacimiento o naturalización.
  • El menor debe tener menos de 18 años de edad.
  • El niño está residiendo en EE. UU. legalmente y en custodia física y legal del padre o madre estadounidense.

Aquí deben hacerse distinciones según con qué visa el menor fue admitido (en inglés). Si el niño entró al país con una visa IR-3 o IH-3 bajo la normativa de la Ley de Inmigración y Naturalización sección 320 (INA 320), la USCIS (Servicio de Inmigración y Ciudadanía Estadounidense), mandará el certificado de ciudadanía automáticamente o agendará la cita para que el menor preste juramento de lealtad.

Es importante aclarar que si el menor tiene más de 14 años tendrá que prestar juramento, mientras que si es menor de 14 esto no es necesario. Por lo general, se considera que los niños menores de 14 no entienden bien lo que jurar lealtad a la patria significa.

Cuando el menor entra a Estados Unidos con una visa IR-4 o IH-4, la USCIS no envía un certificado de ciudadano automáticamente sino que el menor recibe una tarjeta de residente permanente (green card). Una vez que los padres completan la adopción en los Estados Unidos, entonces pueden pedir el certificado de ciudadanía a través del formulario N-600.

Esta diferencia radica en que en los casos de niños que reciben visas IR-4 o IH-4 la adopción no se completó, o solo la completó uno de los padres y debe finalizarse el proceso llegado el niño a EE. UU., mientras que en las visas IR-3 o IH-3 ambos padres casados completaron el proceso y la adopción se reconoció como final tanto en Estados Unidos como en el país de origen del niño.

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