Las medidas cautelares "universales" quedan limitadas, ¿qué implica esto?
Por Mariana Petersen, LLB | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 3 de julio de 2025
La Corte Suprema emitió una decisión clave el viernes 27 de junio sobre las injunctions, que al español pueden traducirse como mandatos judiciales o medidas cautelares. Aunque muchos lo relacionan con la ciudadanía por nacimiento, el impacto va mucho más allá.
A diferencia de lo que muchos interpretan, la Corte Suprema no eliminó la ciudadanía por nacimiento ni decidió si es constitucional la decisión del presidente Trump de no otorgar la ciudadanía a hijos de personas sin residencia legal permanente. Lo que hizo fue limitar el alcance de los mandatos judiciales.
Las injunctions o mandatos judiciales son decisiones emitidas por un tribunal que buscan evitar daños irreparables mientras se resuelve un caso, por ejemplo:
- Detener una construcción hasta que se decida si hay riesgo de contaminación.
- Ordenar el pago del child support mientras se resuelve un divorcio.
- Suspender a un médico acusado de mala praxis.
En el caso Trump contra CASA (en inglés), los demandantes buscaban bloquear la orden de Trump que negaba otorgar la ciudadanía por nacimiento a hijos de personas sin residencia legal permanente. Las cortes de distrito respondieron otorgando medidas cautelares universales (también llamadas nacionales) que impedían aplicar la orden ejecutiva contra cualquier persona, no solo a los demandantes.
Sin embargo, la Corte Suprema resolvió que, bajo la Ley Judicial de 1789, los jueces federales solo pueden otorgar alivio específico a quienes presentan la demanda, no a nivel nacional.
En otras palabras, la Corte no declaró ilegal la orden de Trump; lo que dijo es que los jueces no pueden bloquearla para todos con una medida cautelar. Solo puede proteger a los grupos o personas que la impugnan directamente.
¿Qué cambia con la nueva decisión de la Corte Suprema sobre los mandatos judiciales?
Los mandatos judiciales son herramientas clave para frenar excesos del poder ejecutivo, permitiendo a los tribunales bloquear temporalmente leyes u órdenes que podrían causar daños irreparables.
La Corte Suprema no eliminó estos mandatos, pero sí limitó muchísimo su alcance. Ahora bien, una corte federal no puede bloquear las medidas cautelares universales, y estas tampoco pueden bloquear la aplicación de una ley o medida ejecutiva contra aquellos que no son parte de un litigio, a menos que el Congreso lo autorice explícitamente.
El impacto de la resolución de la Corte Suprema es enorme porque establece que los mandatos judiciales no deberían en general tener un alcance universal, lo que representa una limitación significativa al poder de las medidas cautelares. Esta restricción no se limita al caso de la ciudadanía por nacimiento ni a temas migratorios: se extiende a cualquier asunto regulado a nivel federal. Esto incluye áreas tan diversas como los derechos civiles, la protección ambiental, la salud pública, seguridad social o los procesos de bancarrota, por citar algunos ejemplos.
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En los próximos días, continuaremos compartiendo información sobre cómo esta decisión podría afectar específicamente el derecho a la ciudadanía por nacimiento.
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