Deportación “por error” – ¿es probable que haya más?

Por Mariana Petersen, LLB | Revisado por Joseph Fawbush, Esq. | Última actualización 2 de mayo de 2025

Recientemente, la historia de un hombre salvadoreño deportado llenó muchísimos encabezados de noticias estadounidenses. Y el caso no fue para menos, porque cuenta con componentes extremadamente inusuales: el deportado tenía una orden judicial de suspensión de deportación y oficiales del gobierno admitieron expresamente que existió un “error administrativo” y una “inadvertencia” en el caso.

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Diferencia entre asilo y suspensión de la deportación #inmigracion #abogado

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El caso en síntesis

Abrego García es un ciudadano salvadoreño cuya deportación había suspendida en 2019. Se encontraba viviendo en el país con su esposa, ciudadana estadounidense, un hijo en común y dos hijos de ella, y trabajando legalmente como aprendiz metalúrgico. Esto fue hasta el mes pasado, cuando oficiales de ICE detuvieron a Abrego García. Este fue luego deportado a El Salvador y su esposa tomó conocimiento de esto después de identificarlo en fotos de los detenidos entrando a la prisión salvadoreña “CECOT”.

Sus abogados presentaron una queja ante la Corte de Distrito de Maryland (en inglés), dirigida contra Kristi Noem, secretaria del Departamento de Seguridad Nacional DHS, Todd Lyons, Director de ICE, Kenneth Genalo, Director Ejecutivo Asociado de ICE, Nikita Baker, Directora de la oficina de ICE de Baltimore que arrestó al demandante, Pamela Bondi Procuradora General de los Estados Unidos, y Marco Rubio, Secretario de Estado.

En ella solicitaron:

  • Que se declare que los demandados violaron las leyes de Estados Unidos y la Quinta Enmienda de la Constitución;
  • Que se ordene el cese de compensación al gobierno de El Salvador por detener a Abrego García;
  • Que los demandados ordenen al gobierno de El Salvador la liberación de Abrego García de CECOT y lo entreguen a la embajada estadounidense en El Salvador;
  • Que si el gobierno de El Salvador se niega a esto tomen todas las medidas a su alcance para devolverlo al país;
  • Que otorgue a los demandantes costos y honorarios según la Ley de Acceso Igualitario a la Justicia;
  • Que otorgue cualquier otro alivio legal y equitativo que la justicia requiera.

La jueza de Distrito Paula Xinis estuvo de acuerdo con los abogados de Abrego García y ordenó su regreso a Maryland en base a que su caso es “categóricamente diferente, no hubo base legal para su arresto ni ninguna evidencia que sugiera que esté bajo custodia en CECOT (…) para responder por crímenes en ese país. Más bien su detención parece totalmente ilegal”. La jueza dio al gobierno un plazo hasta el martes a las 00.00hs para regresar a Abrego García al país.

El Cuarto Circuito de Apelaciones de Richmond, Virginia, confirmó que el plazo se mantuviera. El gobierno apeló a la Corte Suprema.

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La defensa del gobierno

En respuesta a todo esto, se expresaron distintas figuras del gobierno.

Robert Cerna, director de la Oficina de Operaciones de Deportación de ICE, expresó en su declaración (en inglés) que ICE tenía conocimiento de la orden de suspensión de deportación y que Abrego García no estaba en la lista inicial de personas que serían deportadas pero que “subió en la lista” a medida que otras personas fueron removidas del vuelo por otras razones, y en el manifiesto de la lista no había referencia específica a que Abrego García no debía ser deportado. “Por error administrativo, Abrego-Garcia fue removido de Estados Unidos a El Salvador. Esto fue una inadvertencia, y la deportación fue llevada a cabo de buena fe basada en la existencia de una orden final de deportación y la presunta membresía de Abrego-Garcia en MS-13”.

Por otro lado, el fiscal general de estado, Dean John Sauer, afirmó en su petición a la Corte Suprema de que se bloquee la orden de regreso de Abrego García ya que “aunque Estados Unidos admite que la deportación a El Salvador fue un error administrativo eso no da licencia a otras cortes de distrito a tomar control de relaciones internacionales, tratar a la rama ejecutiva como un diplomático subordinado y demandar que los Estados Unidos dejen a un miembro de una organización terrorista extranjera entrar a Estados Unidos esta noche”.

En palabras simples, el gobierno se defendió diciendo que la jueza no tenía la competencia para ordenar que El Salvador lo devuelva, que pertenecía a la pandilla MS-13 y que el error no era la deportación en sí sino la deportación a El Salvador.

Otro dato interesante, es que el viernes pasado, el abogado del Departamento de Justicia Erez Reuveni admitió a la jueza Xinis, que también estaba “frustrado de no tener respuestas para usted para muchas de estas preguntas”. Al día siguiente, Reuveni fue dado de baja con licencia. La Procuradora General Pam Bondi declaró al respecto que, bajo su dirección. los abogados que no abogaran fervientemente por los Estados Unidos enfrentarían consecuencias.

El estatus de “Withholding of removal” y su diferencia con el asilo

Hay fuentes que confunden el asilo con la suspensión de la deportación. La realidad es que la suspensión de la deportación o suspensión de remoción es un estatus mucho más inestable que el asilo. Ambos permiten que la persona se quede en Estados Unidos y otorgan un permiso para trabajar. Sin embargo, la suspensión de la deportación no otorga un camino hacia la residencia permanente o la ciudadanía. El gobierno puede revocar la suspensión si las condiciones en el país de origen de la persona mejoran. Esto es porque, para que un juez otorgue esta suspensión, se deberá probar que hay altas chances de que de ser deportado sufra persecución por raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un determinado grupo social. Otras restricciones incluyen la prohibición de salir del país (si viaja fuera del país se considerará “auto deportado”), o de auspiciar a familiares para que vengan a Estados Unidos.

¿Seguirán las deportaciones sin el “debido proceso”?

El caso de Abrego García no es el único controversial. También se han presentado otros casos de personas que se encontraban legalmente en el país y, sin embargo, fueron deportados. Desde estudiantes con visas hasta residentes permanentes legales con green card como Mahmoud Khalil.

Consultada respecto a este tema, la asistente de secretaria de asuntos públicos del Departamento de Seguridad Nacional, Tricia McLaughlin (en inglés), respondió que sí existe “debido proceso”, pero que hay distintos procesos para las personas que se consideran miembros de grupos terroristas. Asimismo, las personas con visas tienen un privilegio, no un derecho, y el gobierno puede revocárselas cuando lo considere apropiado.

Entrevistada respecto a cómo el público está en descuerdo con que realmente haya debido proceso cuando las personas no tienen derecho a audiencia y son deportadas al extranjero, McLaughlin insistió en que la información de inteligencia es sensible y que no pueden estar revelando reportes de inteligencia para cada individuo que arrestan.

Últimas novedades

En virtud de los argumentos del gobierno, el lunes, el juez John Roberts de la Corte Suprema impuso que se pausara el plazo límite para regresar a Abrego García. Esto lo hizo como medida administrativa solo, no en conjunto con el resto de los miembros de la Corte.

Se espera que en los próximos días se llegue a una resolución más definitiva. Mientras, se sigue deliberando, la orden de regreso sigue en pausa y Abrego García sigue en El Salvador, en una prisión llena de miembros de las pandillas de las que alegó huir y en virtud de lo cual se le concedió la suspensión de remoción años atrás.

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