De admirador a acosador - El stalking según la ley y el caso de la mujer que envió 159 mil mensajes

Por Mariana Petersen, LLB | Revisado por Lilian Soto-Wiechert, CP | Última actualización 7 de agosto de 2025

El caso de la mujer que mandó 159 mil mensajes a un hombre se volvió viral, y no es para menos. La mujer envió los miles de mensajes en un periodo de 10 meses, lo que equivale a unos 530 textos por día. Encima de esto, el caso tiene otros detalles que preocupan: la mujer hizo referencias a “hacer sushi de sus riñones y palillos de sus huesos”, fue encontrada bañándose en su casa mientras él no estaba… y todo esto después de haber tenido solo una cita.

La historia desató una catarata de comentarios del estilo “man, pasa el secreto”, “quiero su compañía de celular”, “ahora nadie me puede llamar intensa comparada con esa mujer” o, “yo la contrataría para cobranzas”. Sin embargo, más allá de lo tragicómico del relato, el caso es una oportunidad para aprender sobre los stalkers y qué dice la ley al respecto.

Por supuesto, este caso era extremo y la mujer presentaba además signos de delirio. Pero, qué pasa si tengo a alguien mandándome X cantidad de mensajes al día, llamándome o visitándome sin mi consentimiento. ¿Cuánto es demasiado?

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De admirador a acosador: 159.000 mensajes de terror | ¿Cuándo cruzas la línea? | Caso real y aspectos legales

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¿Quién es un stalker?

Existen diversos tipos de acoso: acoso sexual, ciberacoso, de compañeros de trabajo, en redes sociales, acoso escolar, acoso laboral, con agresión física, abuso sexual o acoso psicológico. Más allá de las formas de acoso, todos suelen tener en común el comportamiento agresivo y hostigamiento, afectando la salud mental, física o ambas para las víctimas del acoso.

Por lo general, el término stalker describe a un acosador romántico, y la línea entre admirador y acosador puede ser delgada y subjetiva. Depende de quien lo reciba y de quien venga; puede ser un halago o dar miedo. Para clarificar qué es un acosador, están las leyes.

A nivel federal, el Código de los Estados Unidos (18 U.S.C. 2261A) (en inglés) define como stalker a:

1. Quienquiera que viaja en el comercio interestatal o extranjero o está presente dentro de la jurisdicción marítima y territorial especial de los Estados Unidos, o entra o sale del territorio aborigen, con la intención de matar, lesionar, acosar, intimidar, o poner bajo vigilancia con la intención de matar, lesionar, acosar o intimidar a otra persona, y en el curso de, o como resultado de, dicho viaje o presencia se involucra en una conducta que:

  • hace temer razonablemente a esa persona de causar muerte o lesiones corporales graves a sí misma, a su pareja, familiar directo o a mascotas.
  • cause, intente causar, o se espere razonablemente que cause angustia emocional sustancial a una persona descrita en la cláusula.

2. Quienquiera que con la intención de matar, lesionar, acosar, intimidar o poner bajo vigilancia con la intención de matar, lesionar, acosar o intimidar a otra persona, utiliza el correo, cualquier servicio informático interactivo o servicio de comunicación electrónico o sistema de comunicación electrónico de comercio interestatal, o cualquier otra instalación de comercio interestatal o extranjero para participar en una conducta que:

  • haga temer razonablemente a esa persona la muerte o lesiones corporales graves a una persona o mascota.
  • cause, intente causar, o se espere razonablemente que cause angustia emocional sustancial a la persona.

También está la ley VAWA, de Violencia Contra la Mujer (aunque también defiende a hombres, niños y personas de la comunidad LGBTQ). Esta ley federal proporciona recursos y apoyo crucial a personas que han sufrido malos tratos o violencia a manos de sus parejas o familiares. Además, otorga beneficios migratorios para aquellas víctimas inmigrantes.

Esta ley califica al stalking como una conducta dirigida a una persona específica que causaría que una persona razonable tema por su seguridad o la de otros o sufra angustia emocional sustancial.

Los estados, a su vez, también tienen leyes específicas sobre acoso o stalking. California fue el primer estado en criminalizar este delito como consecuencia de homicidios de alto perfil a finales de la década del ochenta. Otros nombres usados en legislaciones para referirse al acoso además del término “stalking” son “criminal harassment” o “criminal menace”.

En New York, el “stalking” tiene cuatro grados. El orden de gravedad aumenta del cuarto al primero. Siendo el cuarto el más leve involucrando seguir, contactar o amenazar a alguien de forma que cree miedo de daño físico, el tercero también menor pero con múltiples víctimas, el segundo usando armas de fuego o teniendo otras condenas y el primero y más grave cometiendo otros delitos para esto o causando daño físico, con o sin intención (en inglés).

El estatuto de Florida 784.048 (en inglés) afirma que: “Toda persona que siga o acose a otra de forma intencionada, maliciosa y reiterada comete un delito de acoso”. El sitio web de la Oficina del Fiscal de Miami indica que los comportamientos de acoso pueden incluir vandalismo, llamadas telefónicas o mensajes de texto continuos o amenazantes, seguir físicamente a la otra parte, enviar cartas o tarjetas no deseadas, enviar regalos, presentarse en el propio lugar de trabajo, casa o escuela, o intentar obtener información sobre la otra persona a través de terceros.”

También clasifica a los acosadores en tres tipos:

  • Obsesión simple: El más común, a menudo masculino que tuvo una relación con la víctima y la acosa después de que la relación terminó.
  • Amor obsesivo: Un extraño para la víctima pero que obsesionado inicia una campaña de acoso para que la víctima lo vea.
  • Erotomaníaco: A menudo femenino y que cree que la víctima está enamorada y están destinados a estar juntos.

¿Qué puedo hacer si estoy sufriendo de acoso?

Cualquier víctima debería contactar a un abogado dedicado a temas de acoso en su área para evaluar sus opciones. El acoso puede tomar muchas formas y no solo es sexual o físico. Contactar a un abogado también es una buena idea para saber si tu caso específico se encuadra en la definición de acoso de tu estado. Si crees que estás en peligro, entonces deberías contactar a la policía inmediatamente.

El recurso legal por excelencia en un caso de acoso es la orden de restricción o alejamiento. Por lo general, estas órdenes son de cuatro tipos:

  • Órdenes de protección de emergencia: Emitida luego de que la policía detiene a alguien culpable de violencia doméstica. Suelen ser emitidas automáticamente después de la detención pero solo duran por un tiempo limitado (3 días a una semana), haciendo necesario que la víctima solicite otra orden de largo plazo.
  • Órdenes de protección (o alejamiento): Suelen durar de uno a cinco años y los plazos y requisitos varían por estado. Por lo general las víctimas deben presentar pruebas en una audiencia y notificar al acusado. Puede renovarse.
  • Órdenes de alejamiento o restricción: Suelen presentarse en divorcios o casos civiles y emitirse de forma temporal mientras el caso esté pendiente.
  • Órdenes de protección penal: Son como las órdenes de alejamiento, pero en casos penales, pueden aplicarse para proteger a las víctimas o testigos mientras dure el juicio.

Es importante que consideres solicitar la orden lo antes posible después del incidente. De esta manera podrás recordar los detalles antes de que pase mucho tiempo y será menos complicado recolectar la evidencia.

El caso de la mujer de la historia de los 159 000 mensajes terminó como podría preverse: su abogado invocó incompetencia mental, la cual se determinó que existía.

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