Me Sali Del Camino Para Dormir, Pero, A Pesar De Ello, Me Hiceron Cargos Por Manejar Ebrio. Yo No Estaba Manejando Cuando El Agente Llegó. ¿Puedo Ser Convicto?

Posiblemente sí. Realmente existen dos cuestiones separadas aquí; ¿estaba usted operando, y el arresto fue válido (legal)? Para “operar” un vehículo de motor, una persona debe estar “controlando, de hecho, físicamente” el vehículo. Esto significa que si usted está atrás del volante y el motor esta en movimiento, probablemente usted está operando el vehículo. Sin embargo, esta determinación dependerá de hechos específicos de su caso, porque los Tribunales de Michigan han indicado que “una vez que una persona, utilizando un vehículo de motor ha puesto el vehículo en movimiento, o en una posición de generar un riesgo de daño significativo, esta persona continúa operando el vehículo hasta que el mismo regrese a una posición que no genere tal riesgo”. Consecuentemente, si el motor de su automóvil está funcionando, pero no genera un riesgo, entonces su abogado podrá argumentar que usted no lo estaba “operando”. Tenga presente que los hechos de su caso deben ser analizados cuidadosamente por su abogado debido a que la evidencia circunstancial también puede ser utilizada para probar éste elemento del delito. Esto significa que si el policía lo encuentra en un automóvil parado, pero existe suficiente evidencia circunstancial para demostrar que el automóvil debió haber sido manejado por usted en algún punto de ese lugar más temprano (tal como la mera ubicación del automóvil, huellas de las llantas, capó caliente, etc.), entonces el cargo puede a veces ser sostenido utilizando esta evidencia previa a la operación del vehículo. Los casos como éste deben ser analizados por su abogado para determinar la legalidad del arresto. Esto se debe a que si el delito (si es un delito menor) fue cometido fuera de la presencia del agente, y, a veces, ésto convierte a un arresto no autorizado, en ilegal. Pero, realmente no es tan simple. Esto debido a que por una parte existe un estatuto que indica que un arresto no autorizado es válido si el agente de policía tiene una”causa razonable” para creer que un conductor estaba operando mientras estaba incapacitado o intoxicado y se involucró en una accidente o cualquier parte del vehículo invadía el camino. Por otra parte, existe un estatuto más general que dice que un agente de policía puede dictar un arresto no autorizado si tenía una “causa razonable” para creer que se había cometido un delito menor sancionable con encarcelamiento por más de 92 días o que se ha cometido una felonía (todos los casos de manejo en estado de ebriedad, califican) y una causa razonable para creer que la persona lo cometió. De cualquier manera, los hechos deben ser analizados para determinar si el agente tuvo tal “causa razonable” para efectuar el arresto. A veces, un caso considerado como en “operación” debe ser llevado a juicio de tal manera que el jurado pueda tomar una determinación final acerca de estas cuestiones de hechos. El jurado puede no querer dictar una convicción cuando el conductor hizo “lo correcto” y solamente trató de dormir unos momentos.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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