¿Qué es cobro de deudas?

Si usted utiliza tarjetas de crédito, debe dinero en un préstamo personal, o está cubriendo la hipoteca de una casa, usted es un “deudor.”  Si usted se atrasa en el pago a sus acreedores, o se comete un error en su cuenta, usted podrá ser contactado por un “cobrador de deudas.”  Sin embargo, ciertos métodos del cobro de deudas se encuentran prohibidos. Las siguientes recomendaciones tienen como propósito informarle acerca de sus derechos como deudor.

Ley Federal: Ley sobre Prácticas Justas en el Cobro de Deudas

 Un cobrador de deudas es cualquier persona, diferente a su acreedor, que regularmente cobra las cantidades de dinero que usted debe. Un cobrador de  deudas puede contactarlo personalmente, por correo, teléfono, telegrama o FAX. Sin embargo, no puede hacerlo en lugares y horas no razonables, tal como antes de las 8 a.m. o después de las 9 p.m. Tampoco puede contactarlo en el trabajo si sabe que su jefe lo desaprueba. Usted puede impedir que un cobrador de deudas lo contacte, dirigiendo una carta a la agencia de cobros, pidiéndoles que se lo impidan.

 El cobrador de deudas, en relación con su deuda, no puede contactar a otra persona que no sea su abogado.  Si usted no tiene abogado, puede contactar a otras personas para saber dónde vive y trabaja usted, pero solamente una vez. Además, el cobrador de deudas no puede informar a otra persona acerca de su deuda, salvo a su abogado. Dentro de los cinco días de haber sido contactado por primera vez, el cobrador debe enviarle un aviso por escrito dándole a conocer el monto de lo que debe, y que acciones tomará si usted piensa que no podrá cubrir la deuda. Un cobrador puede no contactarlo, si dentro de 30 días después de que lo ha contactado por primera vez, usted envía a la agencia de cobros una carta declarando que usted no debe el dinero que se le cobra. Si el cobrador le envía una prueba de su deuda, tal como una copia de la cuenta, podrá reanudar sus actividades de cobro.

Clases de practicas de cobro de deudas que están prohibidas

 ACOSO incluye amenazas de violencia en su contra, su propiedad o su reputación; lenguaje obsceno; usar repetidamente el teléfono para fastidiarlo; llamarle sin identificarse previamente; anunciar su deuda; y publicar una lista de clientes que se rehúsan a pagar su deuda.

 DECLARACIONES FALSAS incluye implicar falsamente que son abogados o agentes gubernamentales; que usted ha cometido un delito; aparentar que trabajan para un buró de crédito; falsear la cantidad que usted debe; falsamente decir que se involucrará un abogado para el cobro de la deuda; indicar que los documentos que se le están enviando son formas legales cuando no lo son, o viceversa.

PRÁCTICAS INJUSTAS incluyen el cobro de una cantidad mayor a la que usted debe; el depósito prematuro de un cheque postdatado; hacer que usted acepte llamadas por cobrar o el pago de telegramas; haciendo o amenazando que tomarán su propiedad a menos que ello pueda hacerse legalmente; contactarlo mediante una tarjeta postal.

 SI USTED CREE QUE UN COBRADOR DE DEUDAS HA VIOLADO LA LEY, puede presentar una demanda en un tribunal estatal o federal dentro de un año a partir de la fecha en que usted estime que ha sido violada la ley. Si usted gana, puede recuperar el dinero de los daños sufridos, las costas del juicio y los honorarios del abogado.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.