¿Qué es una ejecución?
Diez días después de dictada la sentencia, debe expedirse la ejecución contra la propiedad tanto real como personal de acuerdo con K.R.S. 426.010. Generalmente, la ejecución es más exitosa cuando al sheriffl se le informa acerca de una propiedad específica que deba ser ejecutada. Aunque la propiedad impedida técnicamente puede ser vendida, los tenedores previos del derecho de retención deben ser incluidos en cualquier venta judicial y como un asunto práctico los acreedores de la sentencia pueden arriesgar sustanciales costos que deberán ser cubiertos de su bolsillo, asociados con la venta en el evento de que los frutos insuficientes sean generados para satisfacer a los asegurados previamente ó a los acreedores de la sentencia del derecho de retención.
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