¿Cuál es la cantidad máxima que puede ser retenida de la paga de un empleado a fin de cumplir una ó más órdenes de embargo?
De acuerdo con la ley estatal, con excepción de las órdenes de sostenimiento, la cantidad total semanal que puede ser retenida para el pago de uno ó más embargos, no puede exceder de:
- 25% de las ganancias disponibles semanales de un empleado; ó
- La cantidad por la cual las ganancias disponibles del empleado excedan 30 veces el salario mínimo federal (30 x $5.15 = $154.50).
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