¿Cuál es la cantidad máxima que puede ser retenida de la paga de un empleado a fin de cumplir una ó más órdenes de embargo?

De acuerdo con la ley estatal, con excepción de las órdenes de sostenimiento, la cantidad total semanal que puede ser retenida para el pago de uno ó más embargos, no puede exceder de:

  1. 25% de las ganancias disponibles semanales de un empleado; ó
  2. La cantidad por la cual las ganancias disponibles del empleado excedan 30 veces el salario mínimo federal (30 x $5.15 = $154.50).

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.