¿Cómo puede un acreedor comunicarse con usted?

Un acreedor puede comunicarse con usted en persona, por correo, teléfono, telégrafo ó fax. Sin embargo, un acreedor no puede comunicarse con usted en horas ó lugares inconvenientes, tales como antes de las 8 a.m. ó después de las 9 p.m., a menos que usted esté de acuerdo en ello. Un acreedor no puede comunicarse con usted en el trabajo si el acreedor sabe que su empleador desaprueba tales contactos.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.