¿Debe mi empleador proporcionarme períodos de descanso?
En ausencia de un convenio colectivo u otro acuerdo por escrito entre empleador y empleado que establezca otra cosa, un empleador no puede estar empleado por más de 6 horas consecutivas a menos de que se le dé oportunidad de por lo menos 30 minutos consecutivos de descanso, excepto en casos de emergencia en los que exista peligro para la propiedad, vida, seguridad pública o salud pública. Esto se aplica a negocios con tres o más empleados trabajando al mismo tiempo.
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