¿Qué puedo hacer si se me niegan los beneficios del desempleo?
Usted tiene derecho a apelar una determinación que afecte su derecho a los beneficios. Usted tiene 14 días para protestar, contados a partir de la fecha en que la Determinación sobre Elegibilidad fue enviada por correo. Su protesta debe ser hecha por escrito y debe estar firmada. Envíela por correo o entréguela a mano a la oficina local del Servicio al Empleo que hizo la determinación. Asegúrese de incluir su número del Seguro Social en su protesta y las razones de su desacuerdo con la determinación. El Buró de Apelaciones le notificará la fecha y hora de la audiencia.
Todas las audiencias se llevan a cabo por la vía telefónica. En la fecha programada de la audiencia, un representante del Buró de Apelaciones le llamará, su empleador, un representante del Departamento del Trabajo, y cualesquiera testigos que tengan que comparecer en la audiencia. Un abogado o cualquiera puede participar en la audiencia para auxiliarlo.
Obtenga ayuda legal para su situación
Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.
Contenido relacionado
- ¿Qué puedo hacer si se me niegan los beneficios del desempleo?
- ¿Cómo sé si soy elegible para recibir los beneficios del desempleo?
- ¿Cómo presento una reclamación de los beneficios por desempleo?
- ¿Cómo Se Determina El Monto De Mi Beneficio?
- ¿Puedo trabajar y aún cobrar los beneficios del seguro de desempleo?
- ¿Cuándo puedo esperar que recibiré mi primer cheque?