¿Las Organiaciones Religiosas Y Las No Lucrativas Son Responsables del Impuesto Al Desempleo?
Los servicios efectuados con motivo de un empleo en una iglesia o convención o asociación de iglesias; o de una organización que se opera principalmente para propósitos religiosos y que sea operada, supervisada, controlada o principalmente sostenida por una iglesia o convención o asociación de iglesias, no son considerados cubiertos por el impuesto al desempleo. Las Organizaciones No Lucrativas son responsables del Impuesto al Desempleo de Alabama, a menos que se encuentren exentas del impuesto sobre la renta de acuerdo con la sección 501(a) del Código de Impuestos Interiores y estén clasificadas como una organización exenta de la sección 501(c)(3). Las organizaciones no lucrativas que se encuentren clasificadas bajo la sección 501(c)(3) llegan a ser responsables de los Impuestos al Desempleo de Alabama solamente después de que hayan tenido 4 o más personas en el empleo en cada una de las 20 semanas diferentes, ya sea dentro del año de calendario actual o el precedente.
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