¿Qué constituye el abandono de una propiedad en renta?
Un arrendador puede asumir el abandono si:
- El arrendador no sabe donde se encuentra el arrendatario, el arrendatario ha desaparecido, el arrendatario ha dejado mobiliario y otras pertenencias, y la renta no se ha pagado durante 15 días; or
- El arrendador no sabe dónde esta el arrendatario, la renta no se ha pagado, y las pertenencias del arrendatario ya no están.
El arrendador debe conservar cualquier propiedad que el inquilino haya dejado durante 30 días y hacer esfuerzos razonables para encontrar al inquilino. Si, después de 30 días las pertenencias no son reclamadas, el arrendador puede venderlas y utilizar el dinero para cubrir la renta atrasada.
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