¿Debo aceptar pagos parciales de la renta o pagos después de haberse notificado un aviso?
En el curso normal de los negocios, usted puede aceptar pagos parciales de la renta si así lo desea, y después notificar un aviso de falta de pago por el saldo pendiente, o hacer un convenio con el inquilino sobre la fecha en que deberá pagarlo. Sin embargo, sea cauteloso al aceptar pagos parciales después de que usted notificó la falta de pago. Desde luego usted debe aceptar el pago por el total de la cantidad debida, pero si usted acepta un pago parcial, tenga presente que deberá notificar un nuevo aviso de evicción antes de proceder con dicha evicción.
Obtenga ayuda legal para su situación
Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.
Contenido relacionado
- ¿Debo aceptar pagos parciales de la renta o pagos después de haberse notificado un aviso?
- ¿Cuáles son mis derechos como arrendador?
- ¿Cuáles son mis responsabilidades como arrendador?
- ¿Cuándo debo devolver un depósito y cuándo puedo conservar un depósito?
- ¿Qué constituye el abandono de una propiedad en renta?
- ¿Cómo hago desalojar a un arrendatario?