Tengo un contrato de arrendamiento por un año en el que se prohíben las mascotas. Han transcurrido seis meses de este contrato. Durante los últimos tres meses he conservado mi perro en la casa.

Sí el hecho de que su arrendador elija permitirle que tenga un perro y no haga valer la cláusula que prohíbe a los perros, no significa que nunca la vaya a hacer valer. Para hacer valer la cláusula que ha dejado en suspenso, el arrendador necesita avisarle que quiere que usted cumpla con dicha cláusula. Si usted no cumple, su arrendador puede dar por terminado el contrato y gestionar un affidávit de desposesión.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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