He recibido aviso de que mi arrendador no va a renovar mi contrato de arrendamiento. De acuerdo con los términos del contrato, el arrendador debe proporcionar aviso por escrito.
Cuando un contrato de arrendamiento requiere que se dé aviso por escrito, el aviso surte efectos al ser recibido. Así, en este caso, los treinta días del aviso empiezan a correr el 10° del mes. No se requiere que un arrendador privado dé una razón por la cual rehúsa renovar un contrato, salvo que así lo establezca el propio contrato. Un arrendador privado solamente tiene que dar aviso al arrendatario de la no renovación como se requiere de acuerdo con el contrato. Si no hay contrato escrito, el arrendador debe dar aviso al arrendatario con sesenta (60) días de anticipación a la fecha de terminación del inquilinato.
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