¿New York requiere que un solicitante utilice el proceso de la solicitud NAICS ALERT?

Sí, a partir del 1 de diciembre de 2000 todas las compañías de seguros que no sean Corporaciones sujetas al Artículo 43 de la Ley de Seguros y Organizaciones de Preservación de la Salud de New York (HMO) deben utilizar las Solicitudes de Autorización del Certificado Uniforme NAIC (UCAA). Las solicitudes que se entreguen utilizando los viejos paquetes de licencias de New York serán aceptadas solamente hasta el 1 de marzo de 2001. Después de esa fecha, solamente serán aceptables las solicitudes UCAA de acuerdo con ALERT. La Solicitud Principal debe ser utilizada por la entidades que desean un Certificado de Autorización como vecino de New York ó para los aseguradores que desean volver a avecindarse en New York. Todas las demás compañías de seguros que ya tengan licencia en otro lado deben entregar la Solicitud Expansión.

Las HMO y las corporaciones no lucrativas del Artículo 43 pueden no utilizar la Principal UCAA Primary ó solicitudes Expansión. Los paquetes de licencias del Artículo 43 pueden ser obtenidos comunicándose a:

David P. Doran,
Principal Insurance Examiner New York State Insurance Department,
Agency Building One
Empire State Plaza
Albany, NY 12257
(212) 480­5060

Para HMO comunicarse con: Michael Scharff, Supervising Insurance Examiner (212) 480­5060 [email protected]

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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