¿El artículo 2 trata a los comerciantes igual que a los que no lo son?
No. El artículo 2 distingue entre comerciantes y no comerciantes. En la mayoría de las situaciones, el U.C.C. coloca a los comerciantes en un estándar más alto. De acuerdo con el U.C.C., un comerciante es aquel que regularmente trata con bienes de la misma clase. Por ejemplo, si su vecino vende su automóvil a través de un anuncio en la sección de clasificados, él no será considerado como comerciante. Sin embargo, si su vecino vende un automóvil cada semana a través de los clasificados, para los efectos del U.C.C., su vecino puede ser un comerciante debido a que regularmente trata con bienes de la misma clase. Cualquier tienda que vende mercancía generalmente será considerada un comerciante de acuerdo con el U.C.C. Por ejemplo, la tienda de computadoras de la esquina, la tienda de comestibles en su vecindario, y todos los principales minoristas serían considerados comerciantes de acuerdo con el Artículo 2.
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