¿Los Padres Pueden Hacer Su Propio Acuerdo Para la Custodia y el Acceso de Hijos Menores de Edad?
Cuando ambos progenitores llegan a un acuerdo, pueden celebrar un convenio por escrito con respecto a cuál de los progenitores tendrá el control y custodia de los hijos menores de edad y acerca de los arreglos de acceso para el progenitor no custodio o pueden acordar compartir la progenitura de una manera responsable y madura y convenir en una forma de custodia compartida, usualmente disponiendo que un hijo tenga su residencia principal con un progenitor, con una custodia significativa y compartir responsabilidades con el otro progenitor, dependiendo de las circunstancias respectivas, y financieras así como otras contribuciones que cada progenitor hará en beneficio del hijo.
Obtenga ayuda legal para su situación
Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.
Contenido relacionado
- ¿Los Padres Pueden Hacer Su Propio Acuerdo Para la Custodia y el Acceso de Hijos Menores de Edad?
- ¿Qué derechos tienen las personas casadas respecto de la propiedad?
- ¿Qué es una separación?
- ¿En qué Momento las Personas que Viven Juntas Son Consideradas Cónyuges por la Ley?
- ¿Qué derechos legales no tienen los cónyuges de hecho y que si tienen los cónyuges casados?
- En cualquier matrimonio o situación de ruptura de la familia o la muerte del padre sobreviviente o único eficaz, ¿cómo se determina quién tiene derecho a la custodia de los niños?