Yo no supe acerca de este hijo hasta ahora. ¿Por qué debo pagar el bienestar?
Los estatutos de Colorado permiten que las Unidades de CSE y el progenitor custodio establezcan retroactivamente el sostenimiento hasta la fecha del nacimiento del hijo, ó hasta la fecha de separación de los progenitores, debido a que el propósito del legislador es asegurar que cada hijo reciba el bienestar, esa parte del sostenimiento pagado retroactivamente cubrirá lo concedido en materia de bienestar.
Encuentre un abogado destacado en Derecho familiar cerca de usted
Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Para obtener asesoría legal específica, es recomendable obtener la orientación de un profesional. Un abogado destacado en derecho familiar puede ayudarle a entender sus opciones y defender sus derechos. Dé el primer paso y comuníquese con un abogado con experiencia cerca de usted para analizar su situación.
Contenido relacionado
- Yo no supe acerca de este hijo hasta ahora. ¿Por qué debo pagar el bienestar?
- ¿Qué información necesito para cobrar el sostenimiento del hijo?
- Yo no creo ser el único posible padre del bebé. ¿Qué debo hacer?
- Yo sé que no soy el padre, ¿debo contestar el citatorio ó cualquier otro documento de trabajo sobre este asunto?
- El resultado de las pruebas genéticas dice que soy el padre, pero no creo serlo. ¿Qué pasa?
- En Colorado, ¿un cónyuge puede declinar su derecho a la pensión alimenticia en un acuerdo prenupcial?