¿Existe alguna manera de determinar si el ingreso del progenitor no custodio se ha incrementado sustancialmente?

La dependencia revisará las órdenes de sostenimiento cada tres años si cualquiera de los progenitores lo solicita. Como parte del procedimiento, la dependencia revisará el ingreso actual del progenitor no custodio. Si el mismo ha cambiado por lo menos en un 15%, la dependencia puede ajustar la orden de sostenimiento de los hijos, ó presentar la información al tribunal para dicha modificación. La Regla del Tribunal Civil 90.3 entra en juego otra vez. Recuerde que la dependencia puede utilizar el procedimiento administrativo para modificar solamente aquellas órdenes de sostenimiento que hayan sido fijadas por la misma dependencia. Si el tribunal fija la orden, tal como en un procedimiento de divorcio, solamente el tribunal puede modificar la orden. Usted ó un abogado pueden someter una moción al tribunal para modificar su orden de sostenimiento de los hijos ó la dependencia puede hacerlo ante el sistema judicial. Es más rápido buscar la modificación del tribunal directamente en lugar de hacerlo a través de la dependencia.

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