¿Un fideicomiso de vivos revocable puede evitar los gastos de la comprobación?
La propiedad mantenida en un fideicomiso de vivos revocable en el momento de la muerte del otorgante no está sujeta a la administración de comprobación. Así, el valor de la propiedad no se considera cuando se computan los honorarios estatutarios para el representante personal ó el abogado del patrimonio. También, la cantidad de cualquier fianza requerida al representante personal será reducida en la medida en que la propiedad es conservada en el fideicomiso y no esté sujeta a la administración de comprobación. No obstante ello, ciertos gastos asociados con la muerte de una persona no son eliminados. Deben prepararse las escrituras para la transmisión de bienes raíces de un fideicomiso a los beneficiarios. Las devoluciones fiscales al patrimonio deberán presentarse cuando el valor total de la propiedad poseída por el difunto (incluyendo los activos en un fideicomiso de vivos revocable) exceda de $600,000 en valor (ó un valor menor en ciertos casos). Las devoluciones fiscales finales del difunto deben todavía ser presentadas así como las devoluciones del impuesto al ingreso para el fideicomiso.
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