¿Debo utilizar una cuenta conjunta para Ayudar a Expedir Cheques?

No. Algunas personas ponen a un hijo o a alguna persona en una cuenta de cheques como tenedor conjunto para ayudar a expedir cheques que aseguren que las cuentas serán pagadas en el evento de que el dueño original esté incapacitado para hacerlo. Al llegar la muerte del dueño original, la totalidad de la cuenta pertenecerá a la otra persona; otros herederos no tendrán participación alguna. Los entendimientos verbales acerca de que se hará con el saldo de la cuenta al morir el dueño original, son frecuentemente mal entendidos, y también olvidados. Aun más, el tenedor conjunto sobreviviente puede ser sujeto de la responsabilidad de impuestos a los regalos si intenta compartir los fondos existentes en la cuenta con otros supuestos herederos después de la muerte del dueño original. Cualquiera que tenga una preocupación acerca de esto o necesite ayuda en esta área debe ver a su abogado en relación con un poder duradero de abogado o colocar como agente en la cuenta a una persona de confianza.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

Videos de planificación patrimonial