Pagos Periódicos

Cuando los daños futuros en una acción por lesión personal exceden de $100,000, el tribunal puede, a su discreción y a petición de un tercero, ordenar el pago periódico de daños futuros.  El Código § 6­1602 de Idaho(1990). A menos de que el reclamante convenga, los pagos periódicos no serán ordenados en un caso que involucre un agravio intencional, una grave negligencia, o una desviación extrema de los estándares razonables de conducta. Id. Una sentencia sobre pagos periódicos constituye un derecho de propiedad que es heredable, divisible, y asignable.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.