¿Qué pasa si el lugar que estoy rentando no está abierto para mí al iniciarse mi contrato de arrendamiento?

Si el arrendador no entrega la posesión de la unidad de alojamiento al inquilino, se suprime el pago de renta hasta que se entregue la posesión al inquilino y éste puede dar por terminado el contrato de arrendamiento dando aviso por escrito de tal terminación al arrendador, entonces el arrendador regresará el depósito y toda la renta previamente pagada. El inquilino puede, a opción suya, demandar al arrendador la vigencia del contrato de arrendamiento y mantener una acción para la posesión de la unidad de alojamiento contra cualquier persona que injustamente la tenga en posesión y recuperar los daños y perjuicios sufridos por él. Si el no cumplimiento de una persona de la entrega en posesión es intencional y no de buena fe, la persona agraviada puede recuperar de esa persona una cantidad no mayor del doble de la renta mensual como esté especificado en el contrato de arrendamiento, computada y prorrateada sobre una base diaria, por cada mes, o porción, en que dicha persona haya permanecido injustamente en posesión.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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