¿Qué pasa con mi depósito de seguridad al término de mi contrato de arrendamiento?

A la terminación del arrendamiento, cualquier depósito de seguridad en poder del arrendador puede ser aplicado al pago de la renta acumulada y al monto de los daños que el arrendador haya sufrido debido a la falta de cumplimiento del inquilino al contrato de arrendamiento y a la Ley sobre las Relaciones entre el Arrendador y el Inquilino de Oklahoma, todo pormenorizado por el arrendador en una declaración por escrito, enviada por correo con acuse de recibo, y que deberá ser firmada por cualquier persona con edad para recibirla en tal dirección, o en persona al inquilino en caso de que razonablemente se le pueda encontrar. Si el arrendador propone retener cualquier porción del depósito de seguridad para el pago de la renta, daños, u otros cobros legalmente permitidos de acuerdo con las disposiciones de la mencionada ley, el arrendador deberá regresar el saldo del depósito de seguridad sin la aplicación de intereses al inquilino dentro de treinta (30) días después de la terminación del arrendamiento, entrega o posesión, y demanda por escrito del inquilino. Si el inquilino no hace tal demanda por escrito del mencionado depósito dentro de seis (6) meses después de la terminación del arrendamiento, el depósito revertirá al arrendador tomando en consideración los costos y el peso de mantener la cuenta del depósito, así como el interés del inquilino en tal depósito terminado en ese tiempo.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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