¿Con qué anticipación debo avisar que doy por terminado el contrato de arrendamiento?

Excepto que la Ley sobre las Relaciones entre el Arrendador y el Inquilino de Oklahoma establezca otra cosa, cuando el arrendamiento es de mes a mes o es voluntaria, el arrendador o el inquilino pueden dar por terminado el arrendamiento dando aviso por escrito al arrendador o al inquilino, según sea el caso, por lo menos con treinta (30) días con anticipación a la fecha en que se desee que la terminación entre en vigor. El período de treinta días para dar por terminado el contrato empezará a correr a partir de la fecha en que se notifique el aviso, tal como lo dispone la ley.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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