¿Puede usted tener un acuerdo de arrendamiento verbal?

Sí, pero solamente por un año. Un contrato de arrendamiento por más de un año debe estar por escrito y firmado por el arrendatario y por el arrendador. Los acuerdos de arrendamiento verbales pueden hacerse de mes a mes o de de año en año. Los contratos verbales por más de un año no son legales.

Lo Que Usted Puede Convenir En Un Contrato De Arrendamiento Verbal

  • Espacio que usted utilizará como arrendatario.
  • Cuánto tiempo será arrendatario.
  • Renta que usted pagará al arrendador.
  • Día de cada mes que usted pagará la renta.
  • Lugar dónde la renta será pagada.
  • ¿Qué le dejará el arrendatario utilizar ­ estufa, refrigerador, mobiliario, sótano para almacenamiento y lavado, espacio de estacionamiento para su automóvil?
  • Qué puede hacer usted en la propiedad – esto es importante si usted va a poner un negocio en la propiedad.
  • Depósito del arrendamiento, si debe pagarse uno.
  • Quién pagará la electricidad, gas y agua.
  • Qué reparaciones y limpieza hará el arrendador.
  • ¿Quién puede vivir en el espacio? El arrendador podrá no permitir niños, perros o gatos.

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Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Para obtener asesoría legal específica, es recomendable obtener la orientación de un profesional. Un abogado destacado en derecho de arrendadores y arrendatarios puede ayudarle a entender sus opciones y defender sus derechos. Dé el primer paso y comuníquese con un abogado con experiencia cerca de usted para analizar su situación.

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