¿Puedo demandar al arrendador por daños a la propiedad?
Las demandas por daños deben ser presentadas a la Rama de Conciliación y Pequeñas Reclamaciones, Sala JM260, si la cantidad es de $5,000 o menos. Las demandas por daños por más de $5,000 deben ser presentadas en el Tribunal Civil.
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