¿Por qué debo pagar una cuota de $70.00 por evicción cuando yo tengo gestionado un mandato de restitución para desalojar al arrendatario?

Después de que el mandato de desalojo ha sido presentado en la Oficina del Escribano del Arrendador y el Arrendatario y el alguacil de E.U. no ha desalojado al arrendatario dentro de los 35 días aplicables, se requiere una cuota adicional para cubrir la Cuota del Alguacil de los E.U. de $60.00 y de $10.00 para el escribano. Cualquier pregunta sobre los procedimientos de evicción debe ser dirigida al Alguacil de los E. U. La Oficina del Alguacil de los E. U. está localizada en el nivel C del Edificio Principal de la Sala del Tribunal H. Carl Moultrie. Solamente el tribunal (juez del arrendador y el arrendatario) puede dispensar (hacer a un lado) la cuota de $10.00 del escribano.

Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Si necesita ayuda para comprender sus opciones, consulte nuestra guía sobre cómo contratar a un abogado o encuentre un abogado cerca de usted para recibir asesoría sobre su situación.

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