¿En cuántos días un arrendador en New Mexico tiene que regresar el depósito de seguridad al inquilino?
La Sección 47-8-18 de los Ordenamientos Anotados de New Mexico dispone que un arrendador debe dar al inquilino aviso por escrito dentro de los 30 días siguientes al desalojo de la propiedad, si el arrendador está reteniendo alguna parte del depósito de seguridad.
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