¿En cuántos días un arrendador en Colorado tiene que regresar el depósito de seguridad del inquilino?

La Sección 38-12-1103 de los Ordenamientos Revisados de Colorado dispone que el arrendador debe dar al inquilino aviso por escrito dentro de 60 días de que haya quedado vacante la propiedad, si el arrendador está reteniendo cualquier parte del depósito de seguridad.

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