¿Cuáles son los requisitos de residencia y de la solicitud de divorcio en Connecticut?
Una vez que la residencia se establece en Connecticut, puede presentarse una demanda de divorcio. Sin embargo, el divorcio, sólo podrá concederse si: (1) una de las partes ha vivido en Connecticut por 12 meses; (2) una de las partes vivía en Connecticut en el momento que la pareja se casó y tiene la intención de permanecer en Connecticut; o (3) la causa de divorcio surgió después de que las partes se trasladaron a Connecticut. (Capítulo 815j, Sección 46b-44 de los Estatutos de Connecticut). Una queja para la disolución del matrimonio debe ser presentada ante la Suprema Corte del distrito judicial donde reside una de las partes. (Capítulo 815j, Sección 46b-45 de los Estatutos de Connecticut).
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