¿Qué daños puedo recuperar?

Usted tiene derecho a recuperar por cualquier daño de hecho que haya sido causado por la conducta injusta del demandado. Los daños de hecho, se refieren a la cantidad de dinero que se necesita para compensarlo totalmente y colocarlo en el mismo estado en que se hallaba antes de que la lesión hubiera tenido lugar. Usted puede recuperar pérdidas tales como los costos de los cuidados médicos razonables y necesarios, daños a la propiedad, gastos por renta de automóviles, costos de servicios domésticos, y pérdida de ganancias. La ley permite la compensación de gastos médicos y de cuidados futuros que el reclamante pueda probar que serán razonablemente necesarios para tratar la lesión. La reclamación puede incluir el ingreso que el reclamante pruebe que probablemente perderá en el futuro debido a las lesiones. La pérdida de capacidad de obtener ingresos también está permitida cuando el paciente prueba que es menos capaz de ganarse la vida como resultado de las lesiones.

Usted también tiene derecho a los daños no económicos por el dolor y sufrimiento físico, sufrimiento mental y emocional, discapacidad física, inconveniencia, desfiguración, pérdida del disfrute de la vida, pérdida del consocio (perturbación de su relación personal con su cónyuge), etc. No existe un estándar definido para calcular la compensación razonable de estos tipos de daños, más que ser justo y razonable a la luz de la evidencia. Ellos son evaluados a la luz de la naturaleza, extensión, y prolongación en el tiempo de la lesión.

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