¿Puedo conservar mi casa si me presento en quiebra en Illinois?
Sí, si usted está en condiciones de seguir efectuando los pagos, en su totalidad y oportunamente, al tenedor de la hipoteca, y si el convenio es aprobado por el tribunal de la quiebra. Además, usted tiene derecho a una exención sobre el patrimonio inembargable de $15,000 sobre el valor de su casa. Si usted tiene más de $15,000 de valor en su casa, entonces el tribunal de la quiebra puede ordenar que la propiedad sea vendida y que el valor en exceso de $15,000 se proporcione a sus acreedores.
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