¿Puedo conservar mi casa si me presento en quiebra en Florida?

Florida tiene una muy generosa exención respecto del patrimonio que se considera inembargable para los dueños de casa. Básicamente permite a los dueños de casa de Florida conservar todo el valor en sus casas cuando se presentan en quiebra. Los dueños de casa pueden conservar hasta el valor de 160 acres de tierra y los edificios y mejoras sobre la misma, si viven fuera de una municipalidad y el valor hasta por un ½ de acre de tierra y los edificios y mejoras si viven en una municipalidad de Florida.

A fin de retener la posesión de la casa, el dueño de la misma necesita pagar la deuda hipotecaria como lo haya dispuesto el juez de la quiebra.

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