¿Cuándo se otorga la manutención del cónyuge o pensión alimenticia en Virginia?

En Virginia, un tribunal puede otorgar pensiones alimentarias considerando las circunstancias y los factores que contribuyeron a la disolución del matrimonio, incluyendo específicamente el adulterio y cualquier otro motivo para el divorcio. Para determinar la cantidad y la duración de la manutención del cónyuge, el tribunal deberá considerar: las obligaciones, las necesidades y los recursos financieros de las partes, incluyendo, pero no limitado a, los ingresos de todos los planes de pensiones, reparto de utilidades o jubilación, cualquiera que sea su naturaleza, el nivel de vida establecido durante el matrimonio; la duración del matrimonio; la edad y condición física y mental de las partes y las circunstancias especiales de la familia; en la medida en que la edad, condición física o mental o circunstancias especiales de cualquier niño de las partes haga conveniente que esa parte no busque empleo fuera del hogar; las contribuciones, monetarias y no monetarias, de cada parte en el bienestar de la familia; los intereses en la propiedad de las partes, tanto reales como personales, materiales e inmateriales; las disposiciones adoptadas con respecto a la propiedad marital; la capacidad de generar ingresos, incluyendo las habilidades, la educación y la formación de las partes y las oportunidades de empleo presentes en personas que poseen dicha capacidad de generar ingresos; la posibilidad de que la capacidad, el tiempo y los costos necesarios para que una parte adquiera la educación, formación y empleo para obtener las habilidades necesarias para mejorar la capacidad de sus ingresos; las decisiones sobre el empleo, la carrera, la economía, la educación y la crianza de los hijos en arreglos hechos por las partes durante el matrimonio y sus efectos sobre el potencial de ganancias presentes y futuras, incluyendo el tiempo que una o ambas partes han estado ausentes del mercado de trabajo; la medida en que cualquiera de las partes ha contribuido al logro de la educación, la formación, la posición de carrera o profesión de la otra parte, y otros factores, tales como las consecuencias fiscales para cada parte, que sean necesarias para considerar la equidad entre las partes. (Código de Virginia, Título 20 Capítulo 6 Relaciones Domésticas Afirmación y Anulación del Divorcio, Sección 107.1)

  

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