Abogados de pensión alimenticia en Salisbury, NC
(40 resultados)521 E. Morehead Street, Suite 405, Charlotte, NC 28202
122 N McDowell St, Charlotte, NC 28204
7400 Carmel Executive Park Dr, Suite 300, Charlotte, NC 28226
227 West Trade Street, Suite 2300, Charlotte, NC 28202
One Wells Fargo Center, 301 South College Street, 23rd Floor, Charlotte, NC 28202
8701 Red Oak Blvd, Suite 100, Charlotte, NC 28217
300 South Tryon Street, 16th Floor, Charlotte, NC 28202-1078
201 N Tryon St, Suite 1400, Charlotte, NC 28202
201 Lancaster Ave., Monroe, NC 28112
11 Union St S, Suite 227, Concord, NC 28025
101 South Tryon Street, Suite 2200, Charlotte, NC 28280
6000 Fairview Road, Suite 1200, Charlotte, NC 28210
227 W Trade St, Ste. 600, Charlotte, NC 28202
One Wells Fargo Center, Suite 2100, 301 South College Street, Charlotte, NC 28202
Información de pensión alimenticia en Salisbury
Ley de pensión alimentaria
La pensión alimentaria, denominada soporte conyugal en algunos estados, es otorgada si uno de los cónyuges que se divorcian obtiene ingresos significativamente superiores al otro. La corte también observa el estándar de vida durante el matrimonio y la capacidad futura de obtención de ganancias del cónyuge que recibe la pensión alimentaria.
¿Necesita usted un abogado de pensión alimentaria?
El divorcio es un momento emocional por lo tanto es aconsejable utilizar los servicios de un abogado en leyes de familia de Salisbury para manejar el asunto alimony. El abogado a cargo del divorcio puede una resolución realista para determinar si la pensión alimentaria será pagada o recibida.
¿Buscando a un abogado de Pensión Alimenticia en Salisbury, NC?
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¿Cuánto cuesta un abogado de pensión alimenticia?
El costo de un abogado depende de cada caso y de los honorarios que cada profesional fije. Algunos profesionales cobran una tarifa fija, por hora (varía entre $180 y $500) o por contingencia, es decir un porcentaje del monto que ganen para usted (entre 30 y 40%).
Términos legales comunes
Demandante – Persona que lleva una demanda o reclamación contra otra persona o entidad ante el tribunal. Las personas o entidades privadas solo pueden llevar reclamos ante un tribunal civil, no criminal.
Sentencia – Decisión del tribunal. Puede ser una orden o un decreto. Lo importante es que la sentencia del tribunal es obligatoria para todas las partes que se presentan ante el tribunal.