Abogados de ley de garantía de ingresos por jubilación del empleado en Holden, LA
(10 resultados)400 Convention St, Suite 1001, Baton Rouge, LA 70802
450 Laurel St, Suite 1601, Baton Rouge, LA 70801
450 Laurel St, Suite 1500, Baton Rouge, LA 70801
II City Plaza, 400 Convention Street, Suite 1100, Baton Rouge, LA 70802-5618
5035 Bluebonnet Blvd, Suite B, Baton Rouge, LA 70809
445 North Blvd, Suite 800, Baton Rouge, LA 70802
8550 United Plaza Blvd, Suite 103, Baton Rouge, LA 70809-2256
450 Laurel Street, II Rivermark Centre, 21st Floor, Baton Rouge, LA 70801
450 Laurel Street, Suite 1900, Baton Rouge, LA 70801
Información de ley de garantía de ingresos por jubilación del empleado en Holden
Ley de Garantía de Ingresos por Jubilación del Empleado
La Ley de Garantía de Ingresos por Jubilación del Empleado (ERISA) es un conjunto de leyes federales que protege contra la mala gestión y el mal uso de los fondos de los planes de pensiones y de seguros médicos. La ley establece reglas par los dos planes, requiere que los empleados reciban información sobre éstos y les otorga el derecho de demandar si la empresa niega beneficios o deja de cumplir con sus obligaciones fiduciarias.
Cuestiones acerca de ERISA
La legislación de ERISA es complicada y difícil de comprender, al igual que los diversos planes de pensiones y de seguros médicos que regula. Sin un conocimiento específico, usted estará en desventaja y sus derechos podrán verse comprometidos. Le recomendamos que consulte a un abogado de Holden que maneje casos relacionados con ERISA.
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¿Cuánto cuesta un abogado de ley de garantía de ingresos por jubilación del empleado?
El costo de un abogado depende de cada caso y de los honorarios que cada profesional fije. Algunos profesionales cobran una tarifa fija, por hora (varía entre $180 y $500) o por contingencia, es decir un porcentaje del monto que ganen para usted (entre 30 y 40%).
Términos legales comunes
Demandante – Persona que lleva una demanda o reclamación contra otra persona o entidad ante el tribunal. Las personas o entidades privadas solo pueden llevar reclamos ante un tribunal civil, no criminal.
Sentencia – Decisión del tribunal. Puede ser una orden o un decreto. Lo importante es que la sentencia del tribunal es obligatoria para todas las partes que se presentan ante el tribunal.