Abogados de servicios de protección de menores (CPS) en Redondo Beach, CA
(207 resultados)9350 Wilshire Blvd, No. 203, Beverly Hills, CA 90212
1155 East Green Street, Pasadena, CA 91106
154 W Foothill Blvd #184, Upland, CA 91786
2049 Century Park East, Suite 2900, Los Angeles, CA 90067
865 S. Figueroa St., Suite 3100, Los Angeles, CA 90017
201 Santa Monica Boulevard, Suite 550, Santa Monica, CA 90401
1901 Avenue of the Stars, Suite 1200, Los Angeles, CA 90067
Información de servicios de protección de menores (CPS) en Redondo Beach
¿Cuándo debería contratar a un abogado?
Contratar a un abogado destacado en Redondo Beach, California que hable español es crucial desde el inicio de su situación legal. Un abogado con una sólida reputación en Redondo Beach puede revisar documentos legales, negociar compensaciones justas en casos de lesiones y guiarle eficazmente a través de las complejidades del sistema legal local. La experiencia y el conocimiento profundo de las leyes locales que poseen los abogados destacados en servicios de protección de menores (cps) pueden ahorrarle tiempo, dinero y estrés a largo plazo.
¿Ofrece el abogado de servicios de protección de menores (cps) visita virtual?
Abogado.com es un servicio en línea gratuito que ayuda a las personas a encontrar abogados que ofrecen consulta virtual. Cuando busque abogados de servicios de protección de menores (cps) en Redondo Beach, usted podrá filtrar sus resultados por “Consultas virtuales,” además de otros criterios. De esa forma, podrá solo ver abogados de servicios de protección de menores (cps) en Redondo Beach que coincidan con sus preferencias.
¿Cuánto cuesta un abogado de servicios de protección de menores (cps)?
El costo de un abogado depende de cada caso y de los honorarios que cada profesional fije. Algunos profesionales cobran una tarifa fija, por hora (varía entre $180 y $500) o por contingencia, es decir un porcentaje del monto que ganen para usted (entre 30 y 40%).
Términos legales comunes
Demandante – Persona que lleva una demanda o reclamación contra otra persona o entidad ante el tribunal. Las personas o entidades privadas solo pueden llevar reclamos ante un tribunal civil, no criminal.
Sentencia – Decisión del tribunal. Puede ser una orden o un decreto. Lo importante es que la sentencia del tribunal es obligatoria para todas las partes que se presentan ante el tribunal.