¿Cuál es el requisito de temperatura minima en el espacio residencial y de oficina?
Los requisitos de la temperatura mínima para los espacios residencial y de oficina se definen en la sección 19a109 de los ordenamientos generales de Connecticut. El requisito de temperatura mínima es de 65 grados. Usted también querrá revisar el Capítulo 47a Derechos y Responsabilidades de los Arrendadores y los Arrendatarios, particularmente la Sec. 47a13 – Fallas del arrendador en el suministro de los servicios esenciales.
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Este contenido es informativo y puede variar según las leyes de cada estado y las circunstancias del caso. Para obtener asesoría legal específica, es recomendable obtener la orientación de un profesional. Un abogado destacado en derecho de arrendadores y arrendatarios puede ayudarle a entender sus opciones y defender sus derechos. Dé el primer paso y comuníquese con un abogado con experiencia cerca de usted para analizar su situación.