Abogados de la ley Jones en Columbia, NJ
(53 resultados)50 East Palisade Avenue, Suite 208, Englewood, NJ 07631
67 E Park Place, Suite 900, Morristown, NJ 07960
157 Ackerman Ave, Clifton, NJ 07011
400 Connell Dr, Suite 700, Berkeley Heights, NJ 07922
163 Madison Ave, Suite 404, Morristown, NJ 07960
One Gateway Center, Suite 2600, Newark, NJ 07102
400 Connell Drive, Suite 1100, Berkeley Heights, NJ 07922
1 Evertrust Plaza, Suite 701, Jersey City, NJ 07302
55 Broad St, Red Bank, NJ 07701
101 JFK Parkway, Short Hills, NJ 07078-2708
94 Jabez St, Newark, NJ 07105
111 Wood Ave, Suite 210, Iselin, NJ 08830
51 John F. Kennedy Parkway, Suite 120, Short Hills, NJ 07078
One Riverfront Plaza, Suite 730, Newark, NJ 07102
500 Campus Drive, Suite 400, Florham Park, NJ 07932
157 Engle Street, Englewood, NJ 07631
2025 Lincoln Highway, Suite 200, Edison, NJ 08817
24 Lackawanna Plaza, PO Box 745, Millburn, NJ 07041
340 Mt. Kemble Ave, Suite 300, Morristown, NJ 07960
2500 Plaza 5, 25th Floor, Jersey City, NJ 07311
Waterview Plaza, 2001 US Hwy 46, Parsippany, NJ 07054
186 South Wood Ave, Suite 300, Iselin, NJ 08830
21 Main Street, Suite 353, Court Plaza South, West Wing, Hackensack, NJ 07601
41 Main Street, Hackensack, NJ 07601
One Newark Center, 10th Floor, Newark, NJ 07102
Información de la ley Jones en Columbia
Derechos bajo la ley Jones
La ley Jones federal de 1920 otorgaba a los marineros que se lesionaban o morían mientras realizaban su trabajo, o a sus sobrevivientes, el derecho de demandar al empleado si la lesión o muerte era provocada por negligencia de los compañeros trabajadores o capitanes y de recibir un juicio ante jurado.
Elementos de la ley Jones
Lo más conveniente para los marinos lesionados, o para quienes le sobrevivan en caso de su muerte, es que se comuniquen con un abogado de Columbia que ejerza en esta área de la ley. El abogado podrá determinar si hay suficiente evidencia, evaluar los daños, ir a un tribunal o negociar un acuerdo.
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Términos legales comunes
Demandante – Persona que lleva una demanda o reclamación contra otra persona o entidad ante el tribunal. Las personas o entidades privadas solo pueden llevar reclamos ante un tribunal civil, no criminal.
Sentencia – Decisión del tribunal. Puede ser una orden o un decreto. Lo importante es que la sentencia del tribunal es obligatoria para todas las partes que se presentan ante el tribunal.