Abogados de comunicaciones en Corona del Mar, CA
(103 resultados)1920 Main Street, Suite 1000, Irvine, CA 92614
555 Flower St, Suite 3700, Los Angeles, CA 90071
650 Town Center Drive, Tenth Floor, Costa Mesa, CA 92626
730 Arizona Ave, 1st Floor, Santa Monica, CA 90401
777 South Figueroa Street, 44th Floor, Los Angeles, CA 90017
865 S. Figueroa St., Suite 3100, Los Angeles, CA 90017
9350 Wilshire Blvd, No. 203, Beverly Hills, CA 90212
600 Anton Boulevard, Suite 1800, Costa Mesa, CA 92626
5 Park Plaza, Ste 650, Irvine, CA 92614
2029 Century Park East, Suite 1400, Los Angeles, CA 90067
2030 Main Street, Suite 1000, Irvine, CA 92614
Información de comunicaciones en Corona del Mar
¿Busca un abogado de comunicaciones que hable español?
En Abogado.com, sabemos la importancia de sentirse comprendido cuando se busca asesoría legal. Por eso, conectamos a la comunidad hispana de EE. UU. con los abogados más destacados en comunicaciones, listos para ofrecer representación de calidad en su propio idioma. Confíe en nosotros para encontrar la representación legal que necesita, en su idioma y cerca de usted. Recuerde: sus soluciones legales empiezan aquí.
¿Ofrece el abogado de comunicaciones visita virtual?
Abogado.com es un servicio en línea gratuito que ayuda a las personas a encontrar abogados que ofrecen consulta virtual. Cuando busque abogados de comunicaciones en Corona Del Mar, usted podrá filtrar sus resultados por “Consultas virtuales,” además de otros criterios. De esa forma, podrá solo ver abogados de comunicaciones en Corona Del Mar que coincidan con sus preferencias.
¿Cómo se paga a un abogado?
Un abogado puede aceptar pagos con efectivo, tarjeta de débito y crédito, cheques billeteras virtuales, transferencias bancarias y hasta métodos menos comunes comunes como criptomoneda dependiendo del profesional. Muchos aceptan planes de pago, un porcentaje de lo ganado o una suma fija al finalizar el caso o ciertas etapas de este.
Términos legales comunes
Demandante – Persona que lleva una demanda o reclamación contra otra persona o entidad ante el tribunal. Las personas o entidades privadas solo pueden llevar reclamos ante un tribunal civil, no criminal.
Sentencia – Decisión del tribunal. Puede ser una orden o un decreto. Lo importante es que la sentencia del tribunal es obligatoria para todas las partes que se presentan ante el tribunal.