Abogados de servicios de protección de menores (CPS) en Carver, MN
(68 resultados)920 Second Avenue South, Suite 1545, Minneapolis, MN 55402
60 South 6th St, Suite 2535, Minneapolis, MN 55402
First National Bank Building, Suite West 1100, 332 Minnesota Street, St. Paul, MN 55101-1379
50 South 6th Street, Suite 1500, Minneapolis, MN 55402
309 Clifton Avenue, Minneapolis, MN 55403
250 Marquette Avenue, Suite 540, Minneapolis, MN 55401
Información de servicios de protección de menores (CPS) en Carver
¿Cuándo debería contratar a un abogado?
Contratar a un abogado destacado en Carver, Minnesota que hable español es crucial desde el inicio de su situación legal. Un abogado con una sólida reputación en Carver puede revisar documentos legales, negociar compensaciones justas en casos de lesiones y guiarle eficazmente a través de las complejidades del sistema legal local. La experiencia y el conocimiento profundo de las leyes locales que poseen los abogados destacados en servicios de protección de menores (cps) pueden ahorrarle tiempo, dinero y estrés a largo plazo.
¿Ofrece el abogado de servicios de protección de menores (cps) visita virtual?
Abogado.com es un servicio en línea gratuito que ayuda a las personas a encontrar abogados que ofrecen consulta virtual. Cuando busque abogados de servicios de protección de menores (cps) en Carver, usted podrá filtrar sus resultados por “Consultas virtuales,” además de otros criterios. De esa forma, podrá solo ver abogados de servicios de protección de menores (cps) en Carver que coincidan con sus preferencias.
¿Cuánto cuesta un abogado de servicios de protección de menores (cps)?
El costo de un abogado depende de cada caso y de los honorarios que cada profesional fije. Algunos profesionales cobran una tarifa fija, por hora (varía entre $180 y $500) o por contingencia, es decir un porcentaje del monto que ganen para usted (entre 30 y 40%).
Términos legales comunes
Demandante – Persona que lleva una demanda o reclamación contra otra persona o entidad ante el tribunal. Las personas o entidades privadas solo pueden llevar reclamos ante un tribunal civil, no criminal.
Sentencia – Decisión del tribunal. Puede ser una orden o un decreto. Lo importante es que la sentencia del tribunal es obligatoria para todas las partes que se presentan ante el tribunal.